Resumen
Nombre De La Escuela:
Universidad Ducens
Nombre Del Maestro:
Ingeniero Civil. Jorge Cetz Poot
Nombre Del Alumno:
L.E. Natanael Roman Gabriel
Nombre De La Materia:
Fundamento De Seguridad Y Salud En El Trabajo Y Gestión Integral De
Riesgo
Resumen:
Investigar Las Obligaciones De Los Patrones Y De Los Trabajadores En
Materia De Seguridad Y Salud En El Trabajo, Correspondientes A Su País. (De La Ley
Federal Del Trabajo,) Y Explique ¿Cuál Es El Objeto Del Reglamento Federal De Seguridad
Y Salud En El Trabajo?
Para el desarrollo armónico de las relaciones de trabajo en una empresa
o establecimiento, es necesario que tanto trabajadores como patrones conozcan
las obligaciones que tienen en el desempeño de su trabajo diario. El artículo 132 de la Ley Federal del
Trabajo establece cuales son las Obligaciones que deben cumplir los patrones Cumplir
las disposiciones de las normas de trabajo aplicables a sus empresas o establecimientos.
Pagar los salarios e indemnizaciones, de conforme a la ley es parte fundamental
de los deberes del patrón o de la empresa que se labore. También se debe Proporcionar
oportunamente a los trabajadores los útiles, instrumentos y materiales
necesarios para la ejecución del trabajo, debiendo darlos de buena calidad
y en buen estado. El patrón no podrá exigir indemnización por el desgaste
natural que sufran los útiles, instrumentos y materiales de trabajo, deben
de guardarse en lugares acondicionados para su utilización. Los registros de
instrumentos o útiles de trabajo deberán hacerse siempre que el trabajador
lo solicite y también debe de Mantener el número suficiente de asientos o
sillas a disposición de los trabajadores en las casas comerciales,
oficinas, hoteles, restaurantes y otros centros de trabajo y en los
establecimientos industriales. Dentro de sus obligaciones guardar a los trabajadores y abstenerse de mal
trato de palabra o de obra, otorgar una constancia escrita del número de días
trabajados y del salario percibido .Expedir al trabajador que lo solicite o se
separe de la empresa, dentro del término de tres días, una constancia
escrita relativa a sus servicios, en caso de elecciones dar tiempo necesario
para el ejercicio del voto en las elecciones populares y para el
cumplimiento de los servicios de jurados, electorales y censales, a que se
refiere el artículo 5o., de la Constitución, aun este en sus horas de
trabajo.
Es obligación del patrón Permitir a los trabajadores faltar a su trabajo
para desempeñar una comisión accidental o permanente de su sindicato o del
Estado, siempre que avisen con la oportunidad debida y que el número de trabajadores
comisionados no sea tal que perjudique la buena marcha del establecimiento. El
tiempo perdido podrá descontarse al trabajador a no ser que lo compense
con un tiempo igual de trabajo efectivo. Cuando la comisión sea de
carácter permanente, el trabajador o trabajadores podrán volver al puesto
que ocupaban, conservando todos sus derechos, siempre y cuando regresen a su
trabajo dentro del término de seis años. Los substitutos tendrán el
carácter de interinos, considerándolos como de planta después de seis años,
Poner en conocimiento del sindicato titular del contrato colectivo y de
los trabajadores de la categoría inmediata inferior, los puestos de nueva
creación, las vacantes definitivas y las temporales que deban cubrirse.
Establecer y sostener las
escuelas Artículo 123 Constitucional, de conformidad con lo que dispongan
las leyes y la Secretaría de Educación Pública;
Colaborar con las Autoridades del Trabajo y de Educación, de conformidad
con las leyes y reglamentos, a fin de lograr la alfabetización de los trabajadores,
debe de Hacer por su cuenta, los gastos indispensables para sostener
en forma decorosa los estudios técnicos, industriales o prácticos,
en centros especiales, nacionales o extranjeros, de uno de sus
trabajadores o de uno de los hijos de éstos, designado en atención a sus
aptitudes, cualidades y dedicación, por los mismos trabajadores y el
patrón. Cuando tengan a su servicio más de mil trabajadores deberán
sostener tres becarios en las condiciones señaladas. El patrón debe de Proporcionar
capacitación y adiestramiento a sus trabajadores e Instalar y operar las
fábricas, talleres, oficinas, locales y demás lugares en que deban
ejecutarse las labores, de acuerdo con las disposiciones establecidas en
el reglamento y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y
medio ambiente de trabajo, a efecto de prevenir accidentes y enfermedades
laborales y adoptar las medidas preventivas y correctivas que determine la
autoridad laboral
Si son más de 50 trabajadores, contara con instalaciones adecuadas para
el acceso y desarrollo de actividades de las personas con discapacidad;
Cumplir el reglamento y las normas oficiales mexicanas en materia de
seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, disponer en todo tiempo de
los medicamentos y materiales de curación para prestar oportuna y eficazmente
los primeros auxilios
Difundir , las
disposiciones de los reglamentos y las normas oficiales mexicanas en
materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, así como el texto
íntegro del o los contratos colectivos de trabajo que rijan en la empresa;
deberá difundir a los trabajadores la información sobre los riesgos y
peligros que están expuestos ,Proporcionar medicamentos profilácticos que determine la
autoridad sanitaria en los lugares donde existan enfermedades tropicales o
endémicas, o cuando exista peligro de epidemia,
Cumplir las disposiciones que en caso de emergencia sanitaria fije la
autoridad competente, Y proporcionar a sus trabajadores los elementos para
prevenir enfermedades en caso de declaratoria de contingencia. Reservar, cuando
la población fija de un centro rural de trabajo exceda de doscientos
habitantes, un espacio de terreno no menor de cinco mil metros cuadrados
para el establecimiento de mercados públicos, Proporcionar a los sindicatos, si
lo solicitan, en los centros rurales de trabajo, un local que se encuentre
desocupado para que instalen sus oficinas, cobrando la renta correspondiente.
Si no existe local en las condiciones indicadas, se podrá emplear para ese
fin cualquiera de los asignados para alojamiento de los trabajadores;
Hacer las deducciones que
soliciten los sindicatos de las cuotas sindicales ordinarias hacer las
deducciones y pagos correspondientes también a las pensiones alimenticias
previstas en la fracción V del artículo 110.
Debe de permitir la inspección y vigilancia que las autoridades del
trabajo practiquen en su establecimiento para cerciorarse del cumplimiento
de las normas de trabajo y darles los informes que a ese efecto sean
indispensables. Los patrones podrán Contribuir al fomento de las actividades
culturales y del deporte entre sus trabajadores y proporcionarles los
equipos y útiles indispensables. Proporcionar a las mujeres embarazadas la
protección que establezcan los reglamentos, Otorgar permiso de paternidad de cinco
días laborables con goce de sueldo, a los hombres trabajadores, por el
nacimiento de sus hijos y de igual manera en el caso de la adopción de un
infante y Participar en la integración y funcionamiento de las Comisiones que
deban formarse en cada centro de trabajo, de acuerdo con lo establecido
por esta Ley. (1)
OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR EN
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
·
Procurar el cuidado integral de su salud
·
Suministrar información clara, veraz y completa
sobre su estado de salud
·
Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del
Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa
·
Informar oportunamente al empleador o contratante
acerca de los peligros y riesgos latentes en su sitio de trabajo
·
Participar en actividades de capacitación en
seguridad y salud en el trabajo definido en el plan de capacitación del SG-SST
·
Participar y contribuir al cumplimiento de los
objetivos del Sistema Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST
Individualmente, el trabajador debe velar por la seguridad y salud de las
personas que puedan ser afectadas; por actos u omisiones que de
acuerdo con su formación y las instrucciones del empresario.
Adicionalmente utilizar correctamente equipos,
materiales y equipos de Protección Individual (EPI). No alterar el
funcionamiento de dispositivos de seguridad y comunicar inmediatamente todo
peligro grave e inminente y defectos de los sistemas de protección. Debe
colaborar para la mejora de la seguridad y la salud en el trabajo y contribuir a cumplir las exigencias de la autoridad competente.
La Prevención
de Riesgos Laborales hace referencia a las obligaciones de los trabajadores,
también cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo, de
conformidad a las reglas de la buena fe y diligencia, no concurrir con la
actividad de la empresa, en los términos fijados en esta Ley.
Es importante destacar que el incumplimiento por los trabajadores de las
obligaciones en materia de prevención de riesgos y laborales a que se refieren
los apartados anteriores tendrá la consideración de faltas y sanciones de
manera que sí los trabajadores podrán ser sancionados por la dirección de las
empresas en virtud de incumplimientos laborales, de acuerdo con la graduación
de faltas y sanciones.
La
valoración de las faltas y las correspondientes sanciones impuestas por la
dirección de la empresa serán siempre revisables ante la jurisdicción
competente. La sanción de las faltas graves y muy graves
requerirá comunicación escrita al trabajador, haciendo constar la fecha y los
hechos que la motivan.
Normalmente las responsabilidades quedan comunicadas cuando se realiza
la asignación de las mismas porque el empleado las aceptó, sin embargo, es
conveniente tener varias formas de comunicación que recuerde a los trabajadores
son:
·
Incluir las responsabilidades de los trabajadores
en el reglamento interno de trabajo
·
Introducir al trabajador dentro de las
responsabilidades en el reglamento de higiene y seguridad
·
Abarcar las responsabilidades.
·
Presentar las responsabilidades de los trabajadores
en el curso de inducción o reinducción
De lo anterior podemos deducir que debemos conocer nuestros derechos y obligaciones
como trabajadores y también cuales son las obligaciones de nuestros patrones y
estos forman beneficio tanto para el empleador y el empleado.
El objeto de conocer la seguridad y salud en el trabajo es el
siguiente garantizar las condiciones de
seguridad y salvaguardar la vida y e integridad física y el bienestar de los
trabajadores, mediante la prevención de accidentes de trabajo y las
enfermedades profesionales, así como la promoción de una cultura de prevención de riesgos
laborales en los trabajadores, y todos aquellos que presten servicios a la
empresa, y el mejoramiento continuo de las condiciones de seguridad y salud de
medio ambiente de trabajo, a fin de evitar y prevenir daños a la salud y a las
instalaciones y a los procesos de las
actividades que se realizan
https://www.gob.mx/profedet/es/articulos/conoce-las-obligaciones-que-tienen-los-patrones-dentro-de-las-relaciones-laborales?idiom=es
https://www.osiptel.gob.pe/media/evspkoas/anexo-ristt.pdf
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